Los Arts. 101 a 104 del Capítulo II del Decreto Ley 960 de 1970 y Arts. 48 al 52 del Decreto 2148 de 1983 regulan la aclaración y corrección de errores que pueden hacerse a una escritura pública.
Duración
2 días aprox.
Trámite con costo
Requisitos
Para trámite presencial, documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
Para trámite en línea, contar con el registro y enrolamiento respectivo.
Poder especial; o poder general con vigencia; o poder apostillado, si aplica.
Escritura o título anterior.
Boletín Catastral.
Copia escritura pública.
Nota devolutiva, cuando aplique.
Pasos trámite en línea
Registrarse en la página web de la notaría.
Dirigirse a la notaría y realizar la verificación de identidad biométrica o solicitar el servicio a domicilio. Vigencia 1 año.
Ingresar a Notaría en Línea, iniciar sesión con el usuario y contraseña utilizado en el registro y seleccionar el trámite.
Suministrar los documentos requeridos por la notaría.
Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de aclaración y firmar.
Realizar pago.
Firmar notario(a) escritura pública de aclaración.
Pasos trámite presencial
Presentar documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
Presentar documentos físicos requeridos.
Realizar la verificación de identidad biométrica.
Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de aclaración y firmar.
Realizar pago.
Firmar notario(a) escritura pública de aclaración.